¿Cómo funcionará el Protocolo de Madrid?

El Senado aprobó la iniciativa que incorpora a Chile al grupo de 124 países suscriptores.

El Protocolo de Madrid es un sistema para el registro internacional de marcas que permite a los solicitantes de estados contratantes requerir, en una sola oportunidad, la inscripción en varios países. 

¿Y cómo funciona para un chileno o chilena que quiere utilizar el sistema? 

Primero es necesario que seas titular de un registro marcario o una solicitud de marca en Chile. 

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Contando con eso, deberás solicitar ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) que actuará como “Oficina de Origen”, el registro internacional de tu marca.

Esta oficina va a certificar la solicitud, y la comunicará a la Oficina Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) con sede en Ginebra, la “Oficina Internacional”. La OMPI va a hacer un análisis formal de la solicitud, y si todo es correcto, inscribirá la marca en el registro internacional, la publicará en su gaceta y la transmitirá a todos los países que hayas designado en tu solicitud, las “Oficinas Designadas”.  

A continuación, se inicia un análisis de fondo, es decir, si la marca puede o no ser aceptada a registro, en cada una de las Oficinas Designadas las cuales aplicarán su normativa interna para tomar la decisión.

En cuanto a los costos: “El costo del registro internacional de una marca comprende la tasa de base (653 francos suizos o 903 francos suizos para una marca de color*) y otros costos en función de los países en los que se desea proteger la marca y el número de clases de productos y servicios que abarcará el registro”, según se indica en la página web de la OMPI, https://www.wipo.int/madrid/es/, que cuenta con un calculador de tasas. 

Tras la promulgación del Protocolo comienza el trabajo nacional para la adaptación técnica al sistema, el cual implicará en muchos casos, un ahorro de costos y tiempo para los y las solicitantes nacionales. Esperaremos con atención su implementación y puesta en marcha.

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